La
publicidad de los deudores a la Hacienda Pública y de las sentencias
condenatorias por delito fiscal
Por razones de interés general, se permite dar
publicidad de listados de obligados
tributarios con deudas o sanciones pendientes superiores a un millón de
euros, que no hubieran sido pagadas en el plazo de ingreso voluntario, salvo
que se encuentren aplazadas o suspendidas.
Asimismo, se prevé en la Ley orgánica
10/2015, de 10 de septiembre, la publicación de la reseña de las sentencias condenatorias firmes y no
recurribles por delitos contra la Hacienda Pública, de alzamiento de bienes
e insolvencia punible y delitos de contrabando cuando haya un perjuicio para la
Hacienda Pública.
Se trata de un tema que tiene claras
conexiones con la normativa de protección de datos de carácter personal y con
el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en el ámbito de
la Administración tributaria y que merece ser objeto de un análisis en
profundidad.
La publicidad de los deudores a la Hacienda
Pública es una norma que persigue la
transparencia y la información al ciudadano de cuestiones cuyo conocimiento
le resulta relevante. No estamos, pues, ante una medida de carácter
sancionador, sino que el objetivo de esta publicidad es ayudar a desarrollar
una conciencia cívica tributaria, la cual es importante fomentar con la
finalidad de aumentar el cumplimiento voluntario de los deberes tributarios.
Sin embargo, a nuestro juicio, con el objetivo
de facilitar una información más detallada que ofrezca una mayor transparencia,
el listado de deudores debería desglosar
las sanciones del resto de deudas tributarias. Igualmente, sería aconsejable
diferenciar aquellos casos en los que la deuda se debe a un proceso concursal y
también los supuestos en que la deuda procede de un procedimiento de derivación
de responsabilidad tributaria. También sería conveniente, en nuestra opinión,
identificar los casos en que la deuda tributaria no es firme en vía
administrativa.
Mediante estas medidas de publicidad de los
deudores a la Hacienda Pública, así como con las de publicidad de las
sentencias condenatorias por delito fiscal, se trata, en definitiva, de
trasladar a la sociedad un problema de gran trascendencia en la actualidad,
como es el de la morosidad a la Hacienda Pública y el fraude fiscal. Estas
medidas de transparencia y publicidad no pretenden únicamente incentivar el
pago del deudor, sino que intentan aumentar
la conciencia fiscal ciudadana, aportando una información relevante para el
contribuyente que cumple con sus deberes tributarios y que tiene derecho a
conocer los datos de los incumplimientos fiscales de mayor incidencia en la
Hacienda Pública.
Sumario
1. La publicidad de los deudores a la Hacienda
Pública
1.1. El objeto y los sujetos de la
publicación
1.2.
El procedimiento de la publicación
1.3.
La naturaleza jurídica y la finalidad de la norma
2. La publicidad de las sentencias
condenatorias por delito fiscal
2.1.
El contenido y el procedimiento de la publicación
2.2.
La justificación de la norma
3. Conclusiones
4. Bibliografía