sábado, 22 de diciembre de 2018

Derechos de los contribuyentes en la Gestión tributaria




Catedrático de Derecho Financiero y Tributario
ESERP Business & Law School




En esta obra se realiza un análisis de la normativa que regula la gestión tributaria desde la perspectiva de los derechos de los contribuyentes. Para ello se estudian los principios generales de la aplicación de los tributos, las normas comunes y los procedimientos de gestión tributaria, dedicando una especial atención a la regulación de los derechos de los obligados tributarios.

En el sistema actual de aplicación de los tributos, es al obligado tributario a quien corresponde el cumplimiento de un buen número de obligaciones, fundamentalmente, de carácter formal. Por esta razón, para una correcta aplicación de los tributos, posee una gran importancia el conocimiento exacto de los derechos de los contribuyentes.

Los procedimientos de gestión tienen una doble función. Por un lado, están encaminados, básicamente, a la determinación de la deuda tributaria: la recepción y tramitación de declaraciones y autoliquidaciones. Y, por el otro, la segunda función consiste en la comprobación tributaria. En ambos casos, es fundamental el respeto del conjunto de derechos que asisten a los obligados tributarios.

Sumario

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO 1. PRINCIPIOS GENERALES DE LA APLICACIÓN DE LOS TRIBUTOS
1. Derechos y garantías de los obligados tributarios
2. Aspectos generales de los procedimientos tributarios
2.1. La aplicación de los tributos
2.2. Concepto y clases de procedimientos tributarios
2.3. Regulación y evolución legislativa
2.4. Órganos y competencias de la Administración tributaria
2.5. Intervención de los obligados tributarios
3. Las obligaciones tributarias formales
3.1. Obligaciones censales
3.2. Obligaciones relativas al domicilio fiscal
3.3. Obligaciones relativas al número de identificación fiscal
3.4. Obligaciones relativas a los libros registros fiscales
3.5. Obligaciones de información
4. El deber de información y asistencia a los obligados tributarios
4.1. Concepto de información y asistencia
4.2. Fundamento y contenido de las actuaciones
4.3. La exoneración de responsabilidad por infracción tributaria
4.4. Las consultas tributarias escritas
4.5. El Consejo para la Defensa del Contribuyente
4.6. La emisión de certificados tributarios
5. La colaboración social en la aplicación de los tributos
6. El deber de colaboración con la Administración tributaria
7. El carácter reservado de los datos tributarios
8. El empleo de las tecnologías de la información en el ámbito tributario
8.1. La promoción de las tecnologías de la información
8.2. Las relaciones telemáticas entre Administración y obligado tributario
8.3. La identificación del órgano en los procedimientos telemáticos
8.4. La aprobación de los programas y aplicaciones informáticas
8.5. La validez jurídica del documento electrónico
8.6. Las relaciones electrónicas con las administraciones públicas

CAPÍTULO 2. NORMAS COMUNES SOBRE ACTUACIONES Y PROCEDIMIENTOS
1. Especialidades de los procedimientos tributarios
1.1. Iniciación
1.2. Desarrollo
1.3. Terminación
2. Las liquidaciones tributarias
2.1. Concepto de liquidación
2.2. Clases de liquidaciones
2.3. Notificación de las liquidaciones
3. El deber de resolver y plazos de resolución
4. La prueba en los procedimientos tributarios
4.1. Carga de la prueba
4.2. Medios y valoración de la prueba
4.3. Valor probatorio de las diligencias, las declaraciones y las manifestaciones del obligado tributario
4.4. Valor probatorio de los registros públicos y de las presunciones
5. Las notificaciones tributarias
5.1. Medios para la práctica de las notificaciones
5.2. Plazo y lugar para practicar las notificaciones
5.3. La recepción y el rechazo de la notificación
5.4. Notificación por comparecencia. Notificaciones defectuosas y su convalidación
5.5. Notificaciones electrónicas
6. Otras normas comunes
6.1. Entrada en el domicilio de los obligados tributarios
6.2. La denuncia pública
6.3. Potestades y funciones de comprobación e investigación

CAPÍTULO 3. PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN TRIBUTARIA
1. La gestión tributaria
1.1. Concepto y funciones de la gestión tributaria
1.2. Principales procedimientos de gestión tributaria
2. La declaración y la autoliquidación
2.1. Concepto de declaración
2.2. Objeto y sujetos obligados a presentar la declaración
2.3. Efectos de la presentación de la declaración
2.4. Concepto de autoliquidación
2.5. Contenido de la autoliquidación
2.6. Naturaleza jurídica de la autoliquidación
3. Procedimientos de determinación de la deuda tributaria
3.1. Procedimiento iniciado mediante declaración
3.2. Procedimiento de rectificación de autoliquidaciones y declaraciones
3.3. Procedimiento de devolución
3.4. Procedimiento para la ejecución de las devoluciones
3.5. Procedimiento para el reconocimiento de beneficios fiscales
3.6. Procedimiento de la cuenta corriente tributaria
4. La comprobación tributaria
4.1. Concepto y clases
4.2. Diferencias entre comprobación inquisitiva e investigación
4.3. Diferencias entre comprobación formal e inquisitiva
5. Procedimientos de comprobación tributaria
5.1. Procedimiento de verificación de datos
5.2. Procedimiento de comprobación limitada
5.3. Procedimiento de comprobación de valores
5.4. Procedimientos de comprobación de obligaciones formales

BIBLIOGRAFÍA

sábado, 15 de diciembre de 2018

Análisis de los derechos de los contribuyentes en la Administración electrónica


Catedrático de Derecho Financiero y Tributario
ESERP Business & Law School



El análisis de los derechos de los contribuyentes en la Administración electrónica debe partir de la regulación en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, de los derechos y garantías de los obligados tributarios y de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación. Además, hay que examinar las normas en la nueva legislación administrativa básica, en especial, el derecho y la obligación de la relación electrónica, así como otros derechos de las personas en dicha relación y los derechos de los interesados en el procedimiento administrativo.

La aprobación de la nueva legislación administrativa básica (la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público) ha supuesto dos importantes consecuencias en relación con el marco normativo de la Administración electrónica: por un lado, su regulación ya no se encuentra en una ley especial, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, sino que se integra en las leyes básicas de las Administraciones públicas; y, por otro lado, la regulación de la Administración electrónica se divide entre el articulado de las dos normas básicas aprobadas, la de procedimiento administrativo común y la de régimen jurídico del sector público.

En cualquier caso, el nuevo marco normativo de la Administración electrónica supone la consagración de un nuevo principio de preferencia del medio electrónico. En este sentido, hasta la entrada en vigor de la LPACAP, con carácter general, la posibilidad de relacionarse por medios electrónicos con las entidades públicas era un derecho de las personas, físicas y jurídicas, que podían ejercitar o no, e incluso cambiar de criterio en el marco de cada uno de los procedimientos concretos que mantuvieran. No obstante, en relación con determinados colectivos, y en concretos procedimientos, diversos organismos públicos ya habían configurado como obligatoria la relación por medios electrónicos utilizando la habilitación legal que reflejaba con carácter excepcional el art. 27 LAECSP.

Pues bien, la nueva LPACAP mantiene el derecho de las personas a relacionarse por medios electrónicos, pero al mismo tiempo generaliza e impone dicha relación electrónica a todas las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración y los empleados de las Administraciones públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público.

Además, reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. También están obligadas a relacionarse entre sí utilizando medios electrónicos en cualquier trámite y procedimiento las propias Administraciones públicas.

Sumario

I. DERECHOS Y GARANTÍAS DE LOS OBLIGADOS TRIBUTARIOS.
II. MARCO NORMATIVO DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA TRIBUTARIA.
1. Ley General Tributaria.
2. Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
III. DERECHO Y OBLIGACIÓN DE RELACIONARSE ELECTRÓNICAMENTE CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
1. El derecho a la relación electrónica.
2. Los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente.
3. La vía electrónica obligatoria en determinadas actuaciones tributarias.
IV. OTROS DERECHOS DE LAS PERSONAS EN LAS RELACIONES ELECTRÓNICAS CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
1. Derecho a comunicarse a través del Punto de Acceso General Electrónico.
2. Derecho a la asistencia en el uso de medios electrónicos.
3. Derecho a la utilización de medios de identificación y firma electrónica.
4. Derecho a la protección de datos de carácter personal.
V. DERECHOS DEL INTERESADO EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
1. Derecho a conocer el estado de tramitación, el sentido del silencio administrativo, el órgano competente y los actos de trámite.
2. Derecho a obtener copia electrónica de los documentos.
3. Derecho a cumplir las obligaciones de pago a través de medios electrónicos.
VI. BIBLIOGRAFÍA.